Es un instrumento de participación ciudadana que consiste en el acto por el cual, mediante el plebiscito o referéndum, el Ejecutivo del Estado, el Congreso del Estado o cualquiera de los Ayuntamientos someten a votación de la ciudadanía, la aprobación o rechazo de la realización de un acto o una decisión que corresponda al ámbito de su respectiva competencia y resulte de trascendencia social, y cuyo resultado se toma en cuenta para normar la decisión de la autoridad respectiva.
Funcionamiento
Consiste en que el Ejecutivo del Estado, el Congreso del Estado o los Ayuntamientos según corresponda, sometan a votación de la ciudadanía, la aprobación o rechazo de un acto o una decisión del interés colectivo de la circunscripción estatal o municipal según corresponda.
Ente Administrativo
La Comisión Estatal Electoral llevará a cabo los trabajos de organización, desarrollo y cómputo respectivo, del referéndum o plebiscito.
Procesos
Consultas.
Normativas aplicables
Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Nuevo León.
¿Quién lo solicita?
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Ejecutivo
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Congreso el Estado
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Ayuntamientos del Estado
Contacto
Para más información contáctanos a través del correo: marisol.gonzalez@nuevoleon.gob.mx.