Enero 8, 2023
Sancionará IMA a operador de Ruta 13 que se detuvo en las vías del tren
El Artículo 213 de la ley de movilidad contempla las sanciones al transporte público
La Dirección de Atención Ciudadana del Instituto de Movilidad y Accesibilidad de Nuevo León (IMA) procedió a requerir al operador para conocer los motivos por los cuales la unidad de detuvo en la vía ferroviaria y determinar la sanción que se aplicará
El Artículo 213 de la Ley de Movilidad Sostenible y Accesibilidad establece las sanciones al transporte público.
Las sanciones comprenden desde la amonestación, multa equivalente de 20 a 300 UMAS, de los mil 924 pesos hasta 28 mil 866 pesos. Así como la suspensión temporal o definitiva de la licencia.
IMA sancionará a los operadores cuyas conductas que pongan en riesgo a los pasajeros.
Los usuarios pueden reportar todas esas conductas del operador en las que se maltrate a los usuarios, no se detenga en las paradas oficiales, conduzca hablando por celular o utilizando audífonos o se distraiga por ir platicando.
Conduzca a exceso de velocidad, utilizar equipos de sonido con alto volumen, circular con las puertas abiertas, interrumpir la circulación sin causa justificada, conducir bajo los influjos del alcohol o estupefacientes, entre otras.
Es importante aportar para ello, el día, la hora, en número de ruta, número de la unidad o carro, el número de placa, ubicación y municipio donde sucedió el incidente y reportarlo al Whats App 81 1003 9374.