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Inscripción al RFC Régimen de Incorporación Fiscal (RIF)
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Inscripción de personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera título profesional, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido la cantidad de dos millones de pesos.
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1 de Febrero de 2018
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