21 de Mayo de 2013

Preguntas frecuentes de Transparencia

Transparencia

  • ¿Ante quién rinde cuentas el Gobierno?
    Principalmente ante ti, ciudadano, ya que los poderes del estado derivan del pueblo (art. 30 constitucional).
    Asimismo, ante instancias tales como la Secretaría de la Función Pública (Federal) y la Auditoría Superior del Estado.
  • ¿A quién se le puede solicitar información?
    A todo sujeto obligado de la Ley de Transparencia y Acceso a la información del Estado, es decir que a cualquier dependencia, entidad y tribunal administrativo del Poder Ejecutivo del Estado, como Parque Fundidora, Isssteleon y Secretaría de Trabajo.
    También a los Poderes Legislativos y Judicial, ayuntamientos (municipios) y órganos autónomos como la Comisión Estatal Electoral, Comisión Estatal de Derechos Humanos y Comisión de Transparencia y Acceso a la Información; ante esta última se pueden también presentar las inconformidades en contra de las respuestas de los demás sujetos obligados.
  • ¿Qué es información pública?
    Información pública es toda aquélla en posesión de los sujetos obligados que no tenga el carácter de confidencial, y a la cual puedes tener acceso, a menos de que se encuentre temporalmente reservada.
  • ¿Qué son datos personales?
    Datos personales es toda aquella información numérica, alfabética, gráfica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a una persona física identificada o identificable, relativa con su origen étnico o racial, características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio particular, número telefónico particular, cuenta personal de correo electrónico, patrimonio personal y familiar, ideología y opiniones políticas, creencias, convicciones religiosas o filosóficas, estados de salud físico o mental, las preferencias sexuales, la huella digital, ácido desoxirribonucleico (ADN), fotografía, número de seguridad social, y toda aquélla que permita la identificación de la misma.
  • ¿Qué es información confidencial?
    Información confidencial es toda aquélla que refiere a la vida privada y a los datos personales, así como la protegida por los secretos comercial, industrial, bancario, fiduciario, fiscal y profesional; la protegida por la legislación en materia de derechos de autor o propiedad intelectual; la que otros Estados entreguen con tal calidad; y la demás que señalen dispositivos legales.
 

Solicitudes de información

  • ¿Cómo puedo presentar mis solicitudes de información?
    Tu solicitud debes realizarla en términos respetuosos y presentarla por cualquiera de las 3 vías autorizadas, directamente ante el sujeto obligado o a través de tu representante legal:
    I. Tu nombre completo
    II. El domicilio o dirección electrónica que autorizas, para recibir la información que requieres y las notificaciones correspondientes.
    III. Si lo que requieres es información pública debes describir la información que requieres, anexando, en su caso, cualquier dato que facilite su localización.
    IV. Si lo que requieres está relacionado con tus datos personales, debes describir de manera clara y precisa los datos sobre los que buscas ejercer alguno de tus derechos, esto es, señalar si requieres acceder a ellos, rectificarlos, cancelarlos u oponerte a su tratamiento, y adicionalmente señalar, en su caso, cualquier otro elemento que facilite la localización de la información.
    V. Si lo que quieres es rectificar tus datos personales, además de lo anterior, debes indicar las modificaciones a realizarse y aportar la documentación que sustente tu petición.
    VI. Si lo que quieres es cancelar tus datos personales, debes indicar también si revocas el consentimiento otorgado al sujeto obligado.
    VII. Si lo que quieres es oponerte al tratamiento de tus datos personales, debes manifestar adicionalmente a lo señalado, los motivos fundados para tal determinación.
    VIII. Por último, señala, de preferencia la modalidad en la que prefieres que te demos la información (ej: por escrito, medio electrónico o magnético).
  • ¿Cuáles son las 11 premisas que debo tomar en cuenta al elaborar mis solicitudes de información?
    1. Si se trata de una solicitud de información pública:
    En NINGÚN MOMENTO te podemos requerir o exigir que ratifiques, motives o justifiques la causa de tu solicitud o acredites interés alguno.
    2. Si se trata de una solicitud de datos personales:
    Sólo si eres el titular de esos datos personales puedes solicitarnos que te demos acceso, rectifiquemos, cancelemos o hagamos efectivo tu derecho de oposición, respecto de los mismos, siempre que obren en un sistema de datos personales en nuestra posesión. Por lo tanto en este tipo de solicitudes sí se te pedirá que acredites tu identidad o bien, la de tu representante legal (si nombras a uno) con facultades para ello.
    3. La Ley señala que no se dará trámite a las solicitudes cuando sean ofensivas o cuando ya te hayamos entregado información sustancialmente idéntica en una anterior solicitud tuya.
    4. Si la información que nos pides no es de nuestra competencia, así te lo comunicaremos y, de ser posible igualmente te orientaremos.
    5. Si no sabes cómo presentar una solicitud de información o realizar algún procedimiento referido en la ley, te podemos orientar.
    6. Cuando para el acceso, obtención, trámite o examen de tu información, existan procedimientos especiales contenidos en ordenamientos normativos diversos a la presente Ley, tu solicitud se debe regir conforme a dichos procedimientos (ej: actas del registro civil, escrituras públicas, información de catastro).
    7. El acceso a archivos declarados históricos por una Ley, bibliotecas públicas, otras colecciones u objetos de valor histórico, se regirán por sus propios ordenamientos y demás disposiciones aplicables.
    8. Cuando la información que requieres no se encuentre en nuestros archivos, analizaremos el caso y medidas necesarias para localizarla y resolver en consecuencia.
    9. En la medida de lo posible, la información se te entregará preferentemente por medios electrónicos.
    10. Tus solicitudes y las respuestas a las mismas, son públicas, y se publicarán en nuestro portal de Internet.
    11. En ningún caso te podemos negar el acceso a la información estableciendo causales distintas a las que señala la Ley.
  • ¿Cuándo me pueden requerir para que aclare mi solicitud?
    Si los datos que nos proporcionaste no bastan para localizar la información, son imprecisos o erróneos, te requeriremos (en 3 días) para que en un término de 3 días, contados desde el día de la recepción, complementes o aclares tu solicitud; de lo contrario la tendremos por no presentada.
  • ¿En cuánto tiempo debo recibir la respuesta?
    Dentro del término de los 10 días hábiles siguientes al día en que se tiene por recibida tu solicitud o en su caso, la aclaración de tu solicitud.
    En caso de que medie alguna justificación, te podremos notificar que ese plazo se prorroga por otros 10 días hábiles más.
  • ¿En cuánto tiempo me deben entregar la información?
    Existen 2 plazos generales y uno de excepción, dependiendo del tipo de información requerida:
    1. Si solicitaste información pública, te la entregaremos dentro de los 10 días siguientes a la respuesta.
    2. Si solicitaste información pública de oficio (artículos 9 a 25 de la Ley de Transparencia), te la debemos entregar en un plazo no mayor a 3 días hábiles siguientes a la respuesta.
    En ambos casos, si es necesario que para la reproducción de la información, cubras algún costo o entregues un medio electrónico (ej: CD, USB, DVD, etc.), el plazo correrá a partir del día en que acredites el pago respectivo.
    Plazo de Excepción. Tales plazos pueden ser excepcionalmente mayores (lo que se te notificará fundadamente) cuando lo amerite la cantidad de información, complejidad de su acopio, o bien, cuando la elaboración de versiones públicas suponga un trabajo que pueda entorpecer sustancialmente nuestra operación.
    Recuerda que el ejercicio de este derecho es de y para todos los ciudadanos.
  • ¿En qué formato me pueden entregar la información?
    La modalidad es el formato en que se te otorgará la información requerida, que puede ser por:

    • Escrito (copias simples o certificadas);

    • Correo electrónico;

    • Fotografías;

    • Cintas de video;

    • Dispositivos de archivos electrónicos o magnéticos;

    • Registros digitales, sonoros, visuales, holográficos;

    • En general, a través de todos aquellos medios o soportes derivados de los avances de la ciencia y la tecnología en que obre la información.


    Si en la modalidad que requieres la información no existe, se te entregará en el formato con el que contemos, ya que el acceso a la información se puede dar solo en la forma en que lo permita el documento del que se trate.
  • ¿En qué otras formas me pueden entregar la información?
    Si la información:

    • Está disponible en Internet, te haremos llegar la dirección electrónica en donde la puedes encontrar, y alternativamente te podremos proporcionar una impresión de la misma.

    • Está disponible al público en medios impresos (ej. libros, compendios, informes, trípticos), se te comunicará por escrito la fuente, lugar y forma en que la puedes consultar, reproducir o adquirir esa información.


  • ¿El acceso a la información tiene algún costo?
    El acceso a la información NO tiene costo.
    Únicamente cuando elijas una modalidad de entrega cuya reproducción genere un costo, por ejemplo, copias simples tamaño carta, tamaño oficio, a color, copias certificadas, copias de planos, entonces debes cubrirlo primeramente de conformidad con las Leyes hacendarias, para que podamos reproducir y entregarte la información que requieres. Consulta los costos.
  • ¿Cómo me pueden notificar las respuestas?
    Las notificaciones relacionadas con el trámite y respuesta de tus solicitudes se pueden hacer por las siguientes vías:
    1. Por vía electrónica, ya sea a través del sistema electrónico respectivo o en tu correo electrónico, cuando así lo hayas autorizado.
    2. En tu domicilio, siempre que no autorices medio electrónico, y tu domicilio esté ubicado dentro del mismo Municipio en que residamos, es decir, el del sujeto obligado ante quien presentaste tu solicitud.
    3. Por tabla de avisos, ubicada en el domicilio del Enlace de Información ante quien presentaste tu solicitud, cuando no hayas autorizado medio electrónico y tu domicilio se encuentre fuera del Municipio en que residamos, es decir, el del sujeto obligado ante quien presentaste tu solicitud.
  • ¿Qué sucede si la información que requiero está reservada o es confidencial?
    Si la información que requieres está clasificada como reservada o confidencial, te notificaremos si:
    1. Confirmamos o modificamos la clasificación y te negamos el acceso a la información.
    2. Modificamos la clasificación de la información y te entregamos una versión pública de la misma.
    3. Revocamos la clasificación de información reservada o confidencial, y te concedemos el acceso a la misma.
  • ¿Qué puedo hacer si no estoy conforme con la respuesta o no me respondieron?
    Puedes presentar una inconformidad cuando:
    1. No demos respuesta a tu solicitud dentro de los plazos previstos en la Ley de Transparencia.
    2. No estés conforme con la respuesta que se te entregó, cualquiera que ésta sea.
    3. Consideres que no existe razón fundada para aplazar la entrega de la información que requeriste.
  • ¿Qué es el procedimiento de inconformidad?
    En caso de que no demos respuesta a tu solicitud dentro de los plazos previstos en la Ley, no estés conforme con la respuesta, o consideres que no existe razón fundada para aplazar la entrega de la información que requeriste, puedes interponer, de manera presencial, un procedimiento de inconformidad ante la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, ubicada en Constitución 1465-1, Edificio Maldonado, Zona Centro - Monterrey, Nuevo León, C.P. 64000, o a través de su liga electrónica http://www.ctainl.org.mx/contenido.asp?seccion=300
    Asimismo, la inconformidad puedes también presentarla ante el Enlace de Información del propio sujeto obligado ante quien presentaste tu solicitud, ya sea en su domicilio o de forma electrónica, y nosotros lo remitiremos a la Comisión en cita, en un plazo no mayor a los 3 días contados después de su recepción. En en el menú ubicado en la parte izquierda media del Sistema Infomex NUEVO LEÓN existe la opción para que presentes tu inconformidad.
  • ¿Cómo puedo presentar mi procedimiento de inconformidad?
    Puedes presentar tu procedimiento de inconformidad:
    1. Ante la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León
    Físicamente: En Constitución 1465-1, Edificio Maldonado, Zona Centro - Monterrey, Nuevo León, C.P. 64000.
    Electrónicamente: En la liga http://www.ctainl.org.mx/contenido.asp?seccion=300
    2. Ante el Enlace de Información del propio sujeto obligado ante quien presentaste tu solicitud, el cual lo remitirá (3 días) a la Comisión en cita:
    Físicamente: En el domicilio del Enlace de Información del propio sujeto obligado
    Electrónicamente:
    * Si tu solicitud la presentaste a través del Sistema Infomex- Nuevo León, en el propio sistema existe la opción para que presentes tu inconformidad.
    * Si tu solicitud la presentaste a través del portal en el sistema electrónico de solicitudes de información pública, sólo responde al sujeto obligado en el mismo correo electrónico oficial por el que recibiste su respuesta y plantea tu inconformidad.
  • ¿En qué plazo debo presentar mi inconformidad?
    Debes presentar tu inconformidad dentro de los 10 días hábiles siguientes al día en que te hayamos notificado la respuesta correspondiente, o bien, a falta de ésta, en la fecha en que debió quedar notificada.
  • ¿Qué requisitos debe contener mi inconformidad?
    1. Tu nombre completo y en su caso, el de tu representante legal o mandatario.
    2. El nombre completo del tercero interesado, si lo hubiera.
    3. El sujeto obligado ante el cual presentaste tu solicitud de información (en contra del que te estás inconformando).
    4. Tu domicilio o medio electrónico (puede ser tu correo electrónico) para oír y recibir notificaciones; si no señalas uno, todas las notificaciones, aún las de carácter personal, se harán por estrados (tabla de avisos).
    5. El acto o resolución por el cual te inconformas y, en su caso, el número de expediente que identifique el mismo.
    6. La fecha en que se te notificó o tuviste conocimiento del acto reclamado, salvo que el procedimiento se interponga por la falta de respuesta a una solicitud de información.
    7. Los puntos petitorios (es lo que pides en tu escrito, lo que requieres de la intervención de la Comisión de Transparencia, ejemplo, que te tenga por presentado, se reconozca la personalidad, que se ordene la apertura de la información, su entrega, que se te responda, etc.).
    8. El documento con el que acredites la existencia de la solicitud, así como la respuesta emitida por el sujeto obligado, en su caso.
    9. Las demás pruebas y elementos que consideres procedentes hacer del conocimiento de la Comisión.
 

Infomex

  • ¿Qué es el Sistema Infomex Nuevo León?
    Es el sistema electrónico por medio del cual puedes presentar tus solicitudes de información y puedes consultar todas las solicitudes que hayan presentado otros ciudadanos y sus respectivas respuestas.
  • ¿Cómo puedo solicitar información por medio del Sistema Infomex Nuevo León?
    1. Ingresa a la página de inicio del Sistema Infomex NUEVO LEÓN
    2. Regístrate con usuario y contraseña. En el formato de registro debes de incluir ciertos requisitos legales obligatorios, los cuales están señalados con un asterisco rojo.
    3. Selecciona la opción “Nueva solicitud de información? y llena los campos en el formato electrónico que se despliega en pantalla.
    4. Envía tu solicitud. Una vez llenado el formato, pulsa el botón de “Enviar”. El sistema emitirá un acuse de envío de tu solicitud, el cual contiene la información relativa a tu trámite de acceso a la información.
    5. Da seguimiento a tu solicitud. No olvides darle seguimiento a tu solicitud, revisando periódicamente el sistema y orientándote con la información relativa al trámite (pasos y tiempos de respuesta) descrita en el acuse de envío de tu solicitud.
  • ¿Me tengo que registrar cada vez que desee hacer una solicitud?
    No. Si ya tienes tu usuario y contraseña, es tan simple como utilizar un correo electrónico, sólo accesa al sistema con estos datos.
    Si no cuentas con un usuario y contraseña, tienes que registrarte como se describe en la respuesta a la pregunta anterior.
 

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