19 de Mayo de 2013
Deposito de contratos colectivos de trabajo
Procedimiento legal mediante el cual se depositan (registran) los contratos colectivos o reglamentos interiores de trabajo a fin de regular las relaciones obrero-patronales.
Presentando un Contrato Colectivo o Reglamento Interior de Trabajo, se analiza y si se cumplen los requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo se otorga el número de registro correspondiente.
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Ir al inicioRegistro del Contrato Colectivo de Trabajo y los Reglamentos Interiores de Trabajo
Vigencia: Única
Para atención personal
Para atención personal
Para atención personal
1.- Presentación de los requisitos
El solicitante presenta los requisitos ante la Unidad Receptora
2.- Análisis El personal de la unidad receptora correspondiente a contratos colectivos procede a analizar si el usuario presenta toda la documentación requerida para estar en aptitud de otorgar o no el número correspondiente al depósito de su contrato colectivo.
3.- Otorgamiento o Desechamiento En caso de haber cumplido con todos los documentos requeridos y no encontrarse otro contrato en el domicilio propuesto se otorga de inmediato el número que corresponde al contrato colectivo recién depositado o bien se notifica el impedimento para dicho registro.
Monterrey
Gratuito
Gratuito
0 Inmediato
Efectos de la no resolución: Afirmativa ficta
De competencia o actuación
Artículo 356 "Sindicato es la asociación de trabajadores o patrones constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses"
Articul 386 "Contrato colectivo de trabajo es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o mas empresas o establecimientos".
Artículo 390 "El contrato colectivo de trabajo debera celebrarse por escrito, bajo de pena de nulidad. Se hara por triplicado, entregandose un ejemplar a cada una de las partes y se depositara el otro tanto en la Junta de Conciiación y Arbitraje, la que después de anotar la hora y fecha de presentación del documento lo remitirá a la Junta Federal o la Junta Local de ConciliaciÓn y Arbitraje.
Articul 616 ".....V.- Recibir en deposito los contactos colectivos y reglamentos interiores de trabajo.
Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado
Secretaría General B
Telefónos locales
Fax
Correo electrónico
ÚLTIMA ACTUALIZACIÓN 2012-08-06
NOTA: La información contenida en esta Ficha Técnica es responsabilidad de la Dependencia o Entidad indicada.
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