22 de Mayo de 2013

Parque Fundidora

Atribuciones
  1. Llevar a cabo la construcción, remodelación, mantenimiento y conservación de obras e instalaciones del “Parque Fundidora”, de conformidad con la normatividad aplicable;
  2. Formular, ejecutar , dar seguimiento y, en su caso coordinar, planes y programas para la conservación, protección, mejoramiento y desarrollo de los bienes muebles e inmuebles que formen parte del Organismo;
  3. Prestar servicios y, en su caso, ofrecer bienes al público en general relacionados con las actividades de recreación, esparcimiento, deportivas, culturales, artísticas, de fomento comercial, industrial, de servicios, turismo y otras propias de la infraestructura con que cuente el Organismo.
  4. Promover y, en su caso llevar a cabo proyectos y acciones que impulsen el desarrollo del “Parque Fundidora” y sus alrededores;
  5. Celebrar todo tipo de contratos, convenios y actos jurídicos en general, con personas físicas o morales, públicas o privadas;
  6. Coadyuvar, dentro del ámbito de su competencia, con las dependencias y entidades de la Administración Pública del Estado, así como con las dependencias y entidades federales y municipales que correspondan, para la realización de eventos en el “Parque Fundidora”;
  7. Impulsar la realización de las actividades de los sectores público, privado y social en el “Parque Fundidora”, de conformidad con el objeto del Organismo;
  8. Realizar en el ámbito de su competencia, todos los actos jurídicos para la consecución del objeto del Organismo;

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