18 de Mayo de 2013
Consulta las únicas modalidades de entrega de la información cuya reproducción genera un costo.
Las tarifas para el cobro de derechos por reproducción de información, se establecen en el artículo 277 bis de la Ley de Hacienda del Estado, el cual se transcribe a continuación, en el entendido de que una cuota para el año 2013, equivale a $64.76 pesos M.N.
Puedes consultar la Ley de Hacienda del Estado de Nuevo León en el tema Legislación y Periódico Oficial y el Salario Mínimo General vigente para el área metropolitana de Monterrey, Nuevo León (área geográfica A) en el portal de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI).
"Artículo 277 Bis.- Por la expedición de copias, certificaciones y reproducciones diversas, que expida cualquier autoridad, dependencia, entidad, órgano u organismo, estatal de Nuevo León, se causarán los derechos de acuerdo a las siguientes tarifas:
I. Copias simples por hoja:
a) Tamaño carta……………………………………… 0.018 cuotas
b) Tamaño oficio……………………………………… 0.018 cuotas
II. Copias a color por hoja:
a) Tamaño carta…………………………………… 0.020 cuotas
b) Tamaño oficio…………………………………… 0.020 cuotas
III. Copias certificadas por cada documento, sin perjuicio de lo dispuesto en las fracciones anteriores...... 2 cuotas
IV. Copias simples de planos............................................ 0.43 cuotas
V. Copias simples de planos a color................................ 2 cuotas
VI. Copias certificadas de planos....................................... 3 cuotas
VII. Copias certificadas de planos a color............................ 5 cuotas
En caso de reproducción en fotografías, cintas de video, dispositivos de archivos electrónicos o magnéticos, registros digitales, sonoros, visuales, holográficos y, en general, todos aquellos medios o soportes derivados de los avances de la ciencia y la tecnología en que obre la información que se requiera, serán proporcionados por el interesado.
En todos los casos, con excepción del Poder Judicial del Estado y de las solicitudes tramitadas en los términos que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León, por búsqueda y localización de documentos, archivos, y expedientes y demás información solicitada, generará 1 cuota, sin perjuicio del derecho que corresponda por las copias expedidas."
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